Saturday, May 16, 2020

La nueva emergencia es constitucional pero le está ganando el virus



La semana pasada, el Gobierno Nacional decidió decretar una nueva emergencia económica, social y ecológica. Hay algunas dudas sobre la constitucionalidad de esta nueva declaratoria. Sobre todo, teniendo en cuenta el precedente de la segunda emergencia económica decretada por Juan Manuel Santos para enfrentar la crisis invernal de finales del año 2010, que se cayó en la Corte Constitucional en 2011, al considerar que no había nuevos hechos que motivaran su declaratoria.
Con ese precedente en mente, en una columna reciente de Semana, antes de decretada la emergencia, el constitucionalista Juan Manuel Charry sugirió otras opciones jurídicas y políticas para enfrentar la pandemia. En concreto, Charry habló de una ley que confiere facultades extraordinarias al Presidente (art. 150 num. 10 de la C.N); de la declaratoria del estado de conmoción interior (art. 213 de la C.N), la emergencia sanitaria (que está declarada) y la función constituyente y legislativa del Congreso. 
Salvo la función constituyente y legislativa del Congreso, que por supuesto debería estar ejerciendo sin tanto palo en la rueda, las opciones propuestas por Charry son problemáticas. Una ley que confiere facultades extraordinarias al Presidente requeriría de la voluntad del Gobierno, de una mayoría absoluta para su aprobación en el Congreso, tiene limitaciones en sus materias y al final permitiría al Presidente proferir decretos con fuerza de ley. Algo que ya puede hacer con los decretos de emergencia sin acudir al Congreso. La opción existe y puede dotar de legitimidad algunas decisiones pero no parece ser la mejor alternativa en este punto. 
El estado de conmoción interior, propuesto también por Héctor Riveros en estas páginas, no sería tampoco una opción pues acá no ha habido hasta ahora graves (ni siquiera leves) perturbaciones del orden público que afecten la convivencia ciudadana y la seguridad del Estado. Es decir, no están dados los presupuestos para su declaratoria. La emergencia sanitaria, decretada por el Gobierno, no es nada novedosa pero sí  un área en disputa con algunos problemas de fundamentación y de ejecución, como lo ha explicado claramente el profesor Juan Ospina
Creo que el precedente de la emergencia invernal del gobierno Santos es importante y seguramente será tenido en cuenta por la Corte para revisar la constitucionalidad de esta nueva declaratoria en algunas semanas. Aunque la Corte todavía no se pronuncia sobre la primera emergencia declarada por el Gobierno el 17 de marzo. 
Sin embargo, las situaciones son claramente distintas. Los efectos de la pandemia en el goce de los derechos constitucionales como la vida, la salud, mínimo vital, educación, trabajo, entre otros, son graves, todavía incalculables y nada comparables con los efectos de aquella ola invernal. Sólo por mencionar un ejemplo, Fedesarrollo estima que el desempleo podría llegar este año al 20 por ciento, lo que puede significar 2,5 millones de nuevos desempleados en el país.  
Todo esto, además, tiene unos efectos desproporcionados sobre los más pobres y los habitantes de las zonas rurales. De acuerdo con el análisis del Laboratorio de Economía de la Educación (LEE) de la Universidad Javeriana, de los más de 2 millones 400 mil estudiantes de colegios rurales del país, solo el 17 por ciento de ellos tiene acceso a un computador e internet. La pandemia profundiza más en nuestras ya enormes desigualdades. 
Creo entonces que el juicio valorativo que hace la Corte, es decir, aquel que evalúa la gravedad, inminencia, intensidad e importancia de la declaratoria podría pasar el examen de la Corte. El asunto fáctico parece ser el más complejo pues acá la Corte analizará que la nueva declaratoria esté basada en hechos novedosos, impensables e inusitados que ameritan acudir a una nueva declaratoria de emergencia y adoptar nuevas medidas. Creo que los efectos económicos y sociales en muchos sectores, sobre todo del confinamiento, podrían ser esos nuevos hechos que exige la Corte. Dicho sea de paso,  el confinamiento, al que tanto se alude en el decreto de declaratoria de la nueva emergencia debió ser declarado a través de decretos legislativos, como hemos repetido hasta el cansancio.
Fueron muchas las medidas que se adoptaron en la primera emergencia. Sólo la Corte Constitucional tiene 72 decretos para su revisión. Sin embargo, en su gran mayoría dichas medidas se quedaron cortas para enfrentar los graves efectos económicos y sociales de la pandemia. El programa Ingreso Solidario fue un avance y requiere robustecerse. Por eso algunos hemos defendido políticas más agresivas de corrección y esfuerzos de redistribución mayores para apoyar  a quienes se ven más afectados con esta pandemia. El Gobierno y el Congreso están todavía en mora de tomar ese tipo de medidas y por ahora, bajo la nueva declaratoria, se ha adoptado el decreto del subsidio a la nómina y se considera salvar a Avianca. No parece ser la medida más agresiva en la coyuntura.
Con todo esto, quisiera insistir en dos puntos en que llevamos haciendo énfasis hace muchas semanas en otros espacios con mi colega Julián Gaviria: la necesidad de unos controles jurídicos activos, robustos y rápidos sobre estos decretos de emergencia. Algo que vienen haciendo la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y los tribunales y jueces administrativos del país. Sin embargo, pese a su esfuerzo, ese trabajo está todavía en mora. Sentencias más cortas y priorización en la discusión de los asuntos más complejos, sobre todo aquellos que limitan de manera más grave los derechos de los ciudadanos y entidades territoriales, deberían ser las reglas en el trabajo de las altas corporaciones judiciales en esta materia. 
Por último, y en esto sí estoy de acuerdo con Charry, la función del Congreso en todo este asunto es esencial. Las dudas jurídicas sobre las sesiones virtuales o semipresenciales se despejaron hace muchas semanas. Y es deber del Congreso, ojalá con apoyo del Gobierno, liderar la agenda de reconstrucción social y económica que necesitará el país en los próximos meses. Con o sin pandemia, esa es su labor en una democracia. 

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